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Ayuda con acampada en la Sierra de Madrid

gREENNNNN

calladit@
Hola,
En breves hago 3 años con mi novia, y ya hemos disfrutado de hoteles, suites, escapadas románticas y demases , ahora, he pensado en innovar un poquito, e irnos una noche de sábado a acampar en la sierra, pasando la tarde, y luego durmiendo, a la luz de las estrellas y demás .

El caso es que llevo buscando por google media hora y me estoy haciendo un lio, entre lugares que dicen que la acampada está prohibida, otros que dicen que está permitida siempre que sea una tienda ligera, y montada una hora antes de que caiga el sol, otros que si, pero que hay que notificar a el ayuntamiento pertinente, otros que dicen que te vayas al bosque y acampes sin autorización, etc.

Me gustaría que alguno de vosotros pudiera guiarme un poco en este mundillo. Me gustaría acampar (con una tienda pequeña de 2 personas) en algún lugar de la Sierra de Madrid, cerca de cercedilla/La pedriza, y sería pasar solamente una noche de un sábado, y sin hogueras u hornillos, tan solo una nevera con comida.

Repito que lo que busco es acampada al raso, nada de campings, en bosque, y con mi propia tienda.

Un saludo, muchas gracias
 
[h=1]Echale un vistazo a la normativaLegislacin de la Comunidad de Madrid
Artículo 5. Prohibiciones.[/h]1. La acampada libre queda prohibida en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
Excepcionalmente podrá practicarse la acampada fuera de los campamentos de turismo cuando sea organizada por una entidad pública o privada con una finalidad cultural, deportiva, o ecológica, su duración no sea superior a cuatro días y la participación de campistas no exceda de 200 personas. El promotor de la acampada deberá solicitar la oportuna autorización de la Dirección General de Turismo con al menos veinte días de antelación a su inicio acompañando la siguiente documentación:

- Datos identificativos de la entidad organizadora de la actividad.
- Lugar y duración de la acampada.
- Número de elementos de acampada a instalar y de personas participantes.
- Programa de actividad.
- Autorización del titular del terreno e informe favorable del órgano competente del Ayuntamiento del municipio donde se encuentre el terreno a utilizar con referencia particular al cumplimiento de las normas higiénico-sanitarias y de prevención de incendios. Asimismo, cuando la instalación se pretenda ubicar en enclaves o predios administrados por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, será necesario solicitar de dicho organismo la oportuna autorización para la ocupación de los terrenos afectados, de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre la materia.

La acampada no podrá practicarse en los lugares en que no puedan instalarse los campamentos de turismo.

2. Queda prohibida igualmente la venta o arrendamiento de parcelas en los campamentos de turismo. La contravención de esta prohibición supondrá la pérdida de la condición de campamento turístico, quedando el establecimiento exceptuado de esta reglamentación y siendo de aplicación lo dispuesto en la legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana.

3. La permanencia del usuario o campista por tiempo superior a ciento ochenta días por año hará perder al campamento la condición de turístico, resultando de aplicación lo dispuesto en el punto anterior respecto a la normativa aplicable.

4. Queda prohibida a los usuarios o campistas la realización de obra alguna así como la edificación o instalación de cualquier elemento fijo o permanente en los campamentos de turismo, salvo aquellos *avances+ al elemento de acampada que, bien por sus características, o bien por tener una función dependiente, accesoria o complementaria del propio elemento al que se une, no puedan en ningún momento permanecer de pie o carezcan de utilidad por sí mismos, una vez retirado aquél.

Tampoco podrá realizarse alteración alguna en la configuración del punto de acampada por el usuario o el campista ([5]).
 
como te ha dicho el compañero la mejor forma es vivaquear, lo que no se es apartir de que altura esta permitido por MAdrid...

y siempre sentido comun,

* No poner muchas tiendas.
* Esperar al atardecer para ponerlas, y recogerlas al amanecer.
* Escoger un sitio en que no se dañe la flora, lagunas, arroyos, etc.
* Dejar todo tal y como se encontró (FUNDAMENTAL)
 
como te ha dicho el compañero la mejor forma es vivaquear, lo que no se es apartir de que altura esta permitido por MAdrid...

y siempre sentido comun,

* No poner muchas tiendas.
* Esperar al atardecer para ponerlas, y recogerlas al amanecer.
* Escoger un sitio en que no se dañe la flora, lagunas, arroyos, etc.
* Dejar todo tal y como se encontró (FUNDAMENTAL)
Y que no le de por pasar al Seprona porque como pase, te va acostar cara, la noche
 
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