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Golpes en la bola, luz marcha atrás y mosquitera

pecioymono

calladit@
Buenas tardes compañer@s.
Ayer enganché por primera vez mi caravana (una Sun Roller Fiesta 420 del 2003). Nada, lo justo para comprobar luces, hacer varias veces la maniobra de enganche y desenganche y hacer algunas maniobras marcha adelante y marcha atrás.
El tema es que, tanto al iniciar la marcha como al frenar, noto un golpe en la bola. Supongo que es el amortiguador del freno de inercia. ¿Son normales esos golpes? Con la mano lo puedo empujar y sacar muy fácilmente.

Otra cosa. He observado que mi caravana no tiene luz de marcha atrás. Repito que es del 2003. Y tengo entendido que desde finales de los 90 es obligatorio que las caravanas la lleven. Estoy en lo cierto? En caso de estarlo, cómo puede ser que si es obligatorio y la c.v. es del 2003 no la lleve?

Y una última cuestión. Alguna idea de qué tipo de mosquiteras colocar en las ventanas?

Gracias de antemano
 
Imagino que una 420 pasa ITV ¿no?
Pues si pasó la ITV sin las luces de marcha atras es porque esta caravana, en su dia, fue homologada correctamente sin ellas.
Hoy no la homlogarian si no las llevara.
No se a partir de que año fueron obligatorias para caravanas de nueva fabricacion, así como las de antiniebla.
 
Imagino que una 420 pasa ITV ¿no?
Pues si pasó la ITV sin las luces de marcha atras es porque esta caravana, en su dia, fue homologada correctamente sin ellas.
Hoy no la homlogarian si no las llevara.
No se a partir de que año fueron obligatorias para caravanas de nueva fabricacion, así como las de antiniebla.
Ya tengo la duda de la luz de marcha atrás resuelta. Mi caravana no pasa ITV porque es de menos de 750 según ficha técnica.

Según normativa, a partir de octubre del 99, las CV de más de 750kgs es obligatorio que lleven luz de marcha atrás. Las de menos de 750 no es obligatorio.
Antiniebla sí lleva mi cv.
 
En los papeles puede poner lo que quiera, pero tu caravana, cargada para salir, se va a los 1100 Kg. mínimo.
Pesala, y así sabras que es lo que realmente llevas detras.
 
Si con la mano lo puedes meter y sacar muy fácilmente, eso implica que el amortiguador del freno de inercia está nominado. Toca sustituirlo.
Antiniebla es obligatorio en todas. La luz de marcha atrás no lo es en todas. La mía es del 2009, de menos de 750 y lleva antiniebla pero no marcha atrás.
Con respecto a las mosquiteras, existen unos cajeados que llevan oscurecedores y mosquiteras en el mismo elemento. Búscalas por internet.
 
Lo de la marcha atrás creo que es desde 2011, no de 1999.
Más allá de eso, no sé.
 
¿puedes poner un enlace a esa normativa, por favor? Es curiosidad sana.

Lo que yo sé es que a partir de julio de 2011 los remolques de más de 750 kg han de ir provistos de luz de marcha atrás, y funcionar, por supuesto. Por tanto, si tienes una piña de 7 pines, no podrás llevarla sin no modificas algo, salvo que nadie se entere.

Mi caravana es de 2007 y no tiene luz marcha atrás, tiene la tulipa blanca, pero no la luz. Si hablas de una de 2003, tampoco tendrá obligación.

Aún después de esa fecha, algún compañero instaló la bola en el coche, y le pusieron una piña de 7 pines, con anotación incluida de que no podría remolcar remolques de más de 750kg con fecha posterior a julio de 2011.

Es por esto que me gustaría ver la normativa en la que te basas. A ser posible, que sea oficial, no una página de un taller. Por mi parte he buscado lo que explico en este post y en el tiempo que he dedicado, no lo he logrado, pero como no puedo entretenerme más, lo he dejado.

Aquí dejo una pista de por dónde he empezado.

 
¿puedes poner un enlace a esa normativa, por favor? Es curiosidad sana.

Lo que yo sé es que a partir de julio de 2011 los remolques de más de 750 kg han de ir provistos de luz de marcha atrás, y funcionar, por supuesto. Por tanto, si tienes una piña de 7 pines, no podrás llevarla sin no modificas algo, salvo que nadie se entere.

Mi caravana es de 2007 y no tiene luz marcha atrás, tiene la tulipa blanca, pero no la luz. Si hablas de una de 2003, tampoco tendrá obligación.

Aún después de esa fecha, algún compañero instaló la bola en el coche, y le pusieron una piña de 7 pines, con anotación incluida de que no podría remolcar remolques de más de 750kg con fecha posterior a julio de 2011.

Es por esto que me gustaría ver la normativa en la que te basas. A ser posible, que sea oficial, no una página de un taller. Por mi parte he buscado lo que explico en este post y en el tiempo que he dedicado, no lo he logrado, pero como no puedo entretenerme más, lo he dejado.

Aquí dejo una pista de por dónde he empezado.

"Según el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, que aprueba el Reglamento General de Vehículos, la instalación de la luz de marcha atrás en remolques y semirremolques, incluyendo las caravanas, es opcional, independientemente de su masa máxima autorizada (MMA).

Sin embargo, la Directiva 2007/35/CE de la Comisión, de 18 de junio de 2007, modificó las disposiciones relativas a la instalación de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa en vehículos a motor y sus remolques. Esta directiva establece que, a partir del 10 de julio de 2011, los remolques con una MMA superior a 750 kg deben estar equipados obligatoriamente con luz de marcha atrás. Esta normativa fue incorporada al ordenamiento jurídico español mediante la Orden ITC/2948/2007, de 27 de septiembre".

Lo que quiere decir que llevas toda la razón.

Leí mal. Lo que leí (que lo he vuelto a leer) es que las caravanas de más de 750 kg "matriculadas a partir de octubre del 99" están obligadas a llevar instalada luz de marcha atrás.

Gracias por tu insistencia porque me has sacado del error y de que otro compañero lo lea e igualmente se confunda.
 
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