michel
Participativ@
Bueno, como habeis leido y seguro que mucho no sabiais, no siempre que colocamos la bola al vehículo, hemos de pasar obligatoriamente por la ITV, aunque muchos la habreis pasado y no os han dicho nada.
La ORDEN CTE/3191/2OO2, de 5 de diciembre, por la que se tipifican nuevas reformas de importancia y se modifican los anexos I y II del Real Decreto 736/1988, en relación con la reforma nº 26
Requisitos adicionales:
El montaje de dispositivos de acoplamiento homologados para el vehículo en cuestión no se considerará reforma de importancia.
(*) Para los vehículos en los que no haya sido homologado el emplazamiento para el enganche se exigirá el Proyecto Técnico.
Con la entrada en vigor el pasado 17 de junio de 2003 de la Orden CTE/3191/2002 sobre reformas de importancia, la instalación de un enganche homologado conforme a la Directiva 94/20 con emplazamiento homologado, NO ES UNA REFORMA DE IMPORTANCIA.
OJO, siempre y cuando el gancho en cuestión esté homologado para ese vehículo.
B Informe favorable del fabricante o de su representante debidamente acreditado o del Laboratorio Oficial acreditado en España.
C Certificación del taller que hace la reforma.
Bueno y aquí os dejo e enlace:
Orden CTE/3191/2002, de 5 de diciembre, por la que se tipifican nuevas reformas de importancia y se modifican los anexos I y II del Real Decreto 736/1988, de 8 de julio, por el que se regula la tramitación de reformas de importancia de vehículos de c
Un saludo y los que la habeis pasaso, no os tireis de los pelos
La ORDEN CTE/3191/2OO2, de 5 de diciembre, por la que se tipifican nuevas reformas de importancia y se modifican los anexos I y II del Real Decreto 736/1988, en relación con la reforma nº 26
Requisitos adicionales:
El montaje de dispositivos de acoplamiento homologados para el vehículo en cuestión no se considerará reforma de importancia.
(*) Para los vehículos en los que no haya sido homologado el emplazamiento para el enganche se exigirá el Proyecto Técnico.
Con la entrada en vigor el pasado 17 de junio de 2003 de la Orden CTE/3191/2002 sobre reformas de importancia, la instalación de un enganche homologado conforme a la Directiva 94/20 con emplazamiento homologado, NO ES UNA REFORMA DE IMPORTANCIA.
OJO, siempre y cuando el gancho en cuestión esté homologado para ese vehículo.
Significado de los códigos
A Proyecto técnico suscrito por técnico competente y visado por el Colegio oficial correspondiente y certificación de ejecución de la obra.B Informe favorable del fabricante o de su representante debidamente acreditado o del Laboratorio Oficial acreditado en España.
C Certificación del taller que hace la reforma.

Bueno y aquí os dejo e enlace:
Orden CTE/3191/2002, de 5 de diciembre, por la que se tipifican nuevas reformas de importancia y se modifican los anexos I y II del Real Decreto 736/1988, de 8 de julio, por el que se regula la tramitación de reformas de importancia de vehículos de c
Un saludo y los que la habeis pasaso, no os tireis de los pelos
